En España, desde la entrada en vigor de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH), existe el deber de negociar planes de igualdad en las empresas de más de doscientos cincuenta trabajadores o trabajadoras, el fomento de su implantación voluntaria en las pequeñas y medianas empresas y la creación del distintivo empresarial de igualdad para reconocer a aquellas empresas que destaquen por la aplicación de políticas de igualdad de trato y oportunidades. Posteriormente, el Real Decreto Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación amplía esa obligación a las empresas de más de ciento cincuenta personas trabajadoras (7 de marzo de 2020), entre cien y ciento cincuenta (7 de marzo de 2021) y entre cincuenta y cien (7 de marzo de 2022).
Estos planes de igualdad contendrán un conjunto ordenado de medidas evaluables dirigidas a remover los obstáculos que impiden o dificultan la igualdad efectiva de mujeres y hombres y se harán a partir de un diagnóstico negociado en el que se estudiará:
a) Proceso de selección y contratación.
b) Clasificación profesional.
c) Formación.
d) Promoción profesional.
e) Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
f) Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
g) Infrarrepresentación femenina.
h) Retribuciones.
i) Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.
En The Blue Plan tenemos experiencia en ayudar a empresas e instituciones en el proceso de negociación y redacción de Planes de Igualdad. Contacta con nosotros si quieres más información.